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Clausuran frigorífico en Linares por intensos ruidos

  • Viernes 9 de diciembre de 2022
  • 09:18 hrs

“Por la naturaleza, temporalidad y extensión de los hechos que se sancionarán, se requiere de una acción inmediata y efectiva que permita proteger el medio ambiente y evitar el riesgo inminente a la salud de las personas”, dice la resolución del Tribunal.

El Segundo Tribunal Ambiental aprobó la sanción de clausura temporal del “Frigorífico Antillal”, ubicado en la comuna de Linares, la cual fue sometida a consulta por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) al finalizar el procedimiento sancionatorio por incumplimiento de medidas ordenadas para mitigar los ruidos emitidos por la planta.

“Por la naturaleza, temporalidad y extensión de los hechos que se sancionarán, se requiere de una acción inmediata y efectiva que permita proteger el medio ambiente y evitar el riesgo inminente a la salud de las personas, este Tribunal estará por otorgar la autorización a la aplicación de la sanción propuesta por la SMA”, dice la resolución del Tribunal.

La clausura estará vigente hasta que la Sociedad Comercial Antillal Ltda., propietaria de la planta, implemente las medidas de mitigación de ruidos idóneas para el cumplimiento de la norma de emisión de ruidos.

"Sobre el particular, la resolución sancionatoria (de la SMA) da cuenta de dos receptores sensibles debido a la constancia de antecedentes médicos, sumado al hecho de que la planta se encuentra en una zona rural, donde la norma de emisión de ruido establece límites más estrictos", complementó el Tribunal.

Historial de incumplimiento

El Tribunal llamó la atención respecto del historial de incumplimientos de Frigorífico Antillal, además del conocimiento que tenía la planta de las infracciones cometidas y de sus consecuencias.

El establecimiento ha sido objeto de múltiples fiscalizaciones y procedimientos sancionatorios, que han constatado emisiones de ruido por sobre la norma al menos desde 2013.

Estos incumplimientos llevaron a la empresa a presentar a la SMA un programa de cumplimiento, que contenía como acciones la implementación de medidas de mitigación de ruido, el que fue declarado incumplido por el ente fiscalizador, lo mismo sucedió con las obligaciones emanadas de las medidas provisionales y las medidas urgentes y transitorias ordenadas por la SMA.